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Blanqueo de Capitales Con la "foto" de los activos de hoy se promulga la ley de blanqueo  Hubo intensos movimientos de cuentas en los últimos días para ordenar datos. La alícuota para ingresar fondos será del 10%. El 5% por inmuebles deberá pagarse "cash". La idea es que desde la primera semana de agosto ya puedan adherirse al régimen. El Gobierno decidió esperar los diez días "útiles" para promulgar la ley que incluye el sinceramiento fiscal. Como el Senado la giró al Ejecutivo el 6 de julio, hoy se cumple ese plazo, que pasa a ser una fecha clave. Según dispone la propia ley, quienes decidan exteriorizar activos deberán presentar el estado de los mismos a la fecha de promulgación. En los últimos días hubo frenéticos movimientos de cuentas en el exterior para ordenar cuál será la "foto" que se presentará ante la AFIP.
En otras palabras, los contribuyentes que adhieran al blanqueo deberán mostrar el estado de sus cuentas con fecha de hoy. Pero como los bancos extranjeros informan el extracto de cuenta sólo una vez por mes, debería presentarse el del 31 de julio y de allí deducir en qué situación se encontraba la cuenta apenas diez días antes. El blanqueo de cuentas en el extranjero será un componente clave para el éxito del plan, cuya alícuota (o multa) para los que entren se ubicará en el 10%. Se supone que el principal rubro de los que blanqueen será justamente las cuentas en el extranjero, por encima de inmuebles (alícuota del 5%), compra de bonos (0% de multa pero nula tasa de interés) o suscripción de fondos comunes a cinco años para invertir en inmuebles o en infraestructura.
¿Cuáles son los próximos pasos tras la reglamentación? Tras el decreto de parte del Poder Ejecutivo vendrán luego las reglamentaciones: dos de la AFIP (por la moratoria impositiva y el blanqueo), pero también del Central, la Comisión Nacional de Valores y la Unidad de Información Financiera.
Se estima que las principales reglamentaciones estarán listas para la semana que viene, aunque algunas como las de la CNV con la emisión de los nuevos bonos podría demorarse un poco más. El objetivo es que ya desde la primera semana de agosto los contribuyentes puedan adherirse al blanqueo. Habrá por lo tanto cinco meses hasta fin de año para ingresar. Luego, en el primer trimestre de 2017 la opción seguirá abierta pero será más cara, ya que la alícuota máxima salta del 10% al 15%.
Estos son algunos detalles de las correspondientes reglamentaciones a los que pudo acceder este diario:
• La cuenta especial en la que habrá que depositar el monto blanqueado en el mercado local estará exenta del impuesto al cheque y también quedará al margen de la investigación de lavado por parte de la UIF.
• También se habilitará una cuenta del Banco Nación en Nueva York para el blanqueo. El objetivo es que no sea necesario transferir el dinero a la Argentina y pagar el "cable", que aún para operaciones en blanco puede oscilar entre el 1% y el 2%. De esta forma, los contribuyentes se ahorrarían ese monto, más allá de pagar el 10% de la alícuota correspondiente.
•Pese a algunas especulaciones previas, finalmente el 5% por el blanqueo de inmuebles habrá que pagarlo cash y no en cuentas como se había analizado. La AFIP pedirá a los contribuyentes que presenten dos valuaciones, una de un corredor inmobiliario y otra de una compañía aseguradora, tanto para la Argentina como para inmuebles radicados en el exterior. De ese valor se tomará el monto mayor, que luego será el que se tendrá en cuenta para el pago del impuesto a los Bienes Personales en los años posteriores.
• En el caso de que la cuenta a blanquear esté en cabeza de una sociedad, el extracto deberá presentarse al 31 de diciembre de 2015. Sin embargo, existe una excepción que ya está definido por ley, ya que en caso de que finalmente la cuenta se exteriorice a título personal pasará a regir el plazo del 21 de julio.
Fuente: Ámbito
Jueves, 21 de julio de 2016
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