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Política Elisa Carrió ya diseñó su feroz norma para sancionar empresas Redactó proyecto de ley para avanzar contra compañías con posición dominante y que aumenten precios. Elisa Carrió pasó a la acción, en su rol de policía antiinflacionaria del Gobierno nacional. La diputada no sólo salió a señalar públicamente a las empresas que, según su criterio, se aprovecharon de la llegada del nuevo Gobierno para aumentar los precios más de lo normal (ya nombró a Arcor y Molinos, y va por Cencosud); sino que diseñó un proyecto de ley para forzar más controles y sancionar a los "formadores de precios". Lejos de los mecanismos de apriete explícitos de Guillermo Moreno, lo que busca Carrió es llevar a la Justicia con juicios sumarísimos a las empresas que, según la eventual norma, subieran los precios favoreciéndose de "sus posiciones dominantes" en el mercado. Busca además prohibir las "concentraciones económicas", usando cualquier mecanismo legal disponible, incluyendo la eventual partición de una empresa en varias compañías, si se demuestra que ésta domina monopólicamente un mercado y dispone de precios que no se adapten a la realidad. El proyecto determina que una empresa es "dominante" cuando supera el 40% de un mercado. Multiplica además el grado de castigos para los privados que sean sancionados con la nueva figura de "abuso de posición dominante" y crea una nuevo Tribunal Nacional de Defensa de la Competencia, que tendrá la obligación de imponer las sanciones.
El contenido del proyecto va, en cuanto a la determinación de posición dominante y a las sanciones, mucho más allá de cualquier intento que se haya conocido durante el kirchnerismo. Supera incluso a las intenciones que en algún momento deslizó que podrían aplicarse el exsecretario Guillermo Moreno. Según fuentes oficiales, las posibilidades que este proyecto sea debatido y eventualmente aprobado en el Congreso, dependerán de la forma en que Mauricio Macri considere que en los próximos meses actúan las principales compañías del país. Si desde el Ejecutivo se percibe, según una fuente ministerial, que "no hay acompañamiento y existen posiciones dominantes que elevan innecesariamente los precios en los próximos meses; el Presidente podría darle luz verde al bloque Cambiemos para que se avance en la discusión de la nueva norma".
El contenido del proyecto oficial que Elisa Carrió tiene en su escritorio para hacerlo público en cualquier momento es el siguiente.
•El proyecto tiene como objetivo "la preservación del interés general económico por medio de la defensa y el fomento de la libre competencia". Busca ir a la "desconcentración económica con limitación del poder de mercado, el abuso de la posición dominante y las distorsiones en la economía".
•Se prohíben las "concentraciones económicas". Y como concentración económica se entienden fusiones de sociedades comerciales, transferencias de fondos de comercio, adquisiciones de la propiedad, cualquier transferencia a una empresa o grupo de activos de una empresa. En estos casos se deberá tener en cuenta si estas operaciones determinan que una compañía pase a tener el dominio de un mercado determinado y donde se puedan disponer precios finales sin competencia. En estos casos se deberá recurrir a la autorización previa del Tribunal de Defensa de la Competencia, que podrá autorizarla o rechazarla.
•Quedan prohibidos los acuerdos entre empresas que deriven en la limitación de la oferta de un producto o que afecten a otros competidores del mercado. También los que deriven en el dominio de la oferta de un bien en un territorio determinado, concertar posturas dominantes en licitaciones o concursos o impedir, dificultar u obstaculizar a terceras personas la entrada o permanencia en un mercado o excluirlas de éste.
Una empresa tendría una posición dominante, cuando es la única oferente o demandante de un bien o servicio (tanto dentro como fuera del país), o cuando no está expuesta a una "competencia sustancial". Para el proyecto, una empresa tendría una posición dominante cuando cubra el 40% de un mercado. Para esto se tendrá en cuenta si el bien se puede sustituir por un producto similar (tanto fabricado en el país como en el exterior), las restricciones que existan para que ingresen otros productos similares en ese mercado y el grado de influencia de una compañía en el establecimiento de un precio o de la cantidad de bienes a disponibilidad del público.
•Las sanciones por el "abuso de posición dominante" implicarían ser excluidas como proveedores del Estado por un lapso de entre 2 y 5 años, y hasta 8 si el delito se comete con la fusión o adquisiciones de empresas. El Tribunal podría además obligar a la disolución, liquidación, desconcentración o división, de alguna compañía cuando se determine que llegó a una posición de abuso.
•Se crea el Tribunal de Defensa de la Competencia como organismo descentralizado y autárquico del Ministerio de la Producción; que tendrá sede en la Capital Federal, pero podrá actuar en todo el país. Tendrá cinco miembros, un presidente, un vicepresidente y tres vocales, y dos suplentes. Estos deberán ser mayores de 30 años, ser economistas, contadores o abogados, y tendrán que tener dedicación exclusiva.
•Crea además una Agencia Nacional de Defensa de la Competencia, que deberá investigar potenciales casos de monopolios u oligopolios y emitir un dictamen anual sobre la situación general de la libre competencia en el país.
Fuente: Ámbito
Martes, 17 de mayo de 2016
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