Impuestos Monotributo: cómo defenderse ante una recategorización de oficio Desde Errepar, Mario Rapisarda, explicó cómo se debe confeccionar la apelación administrativa que se efectúa ante el director general.
La norma vigente establece que cuando la AFIP constate que un contribuyente adherido al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) no hubiera cumplido con la recategorización, o que habiéndola cumplido, la misma resulte inexacta, pondrá en conocimiento del responsable su recategorización de oficio.
Desde Errepar, Mario Rapisarda, explicó cómo se debe confeccionar la apelación administrativa que se efectúa ante el director general para que la AFIP revea la medida adoptada.
A modo de guía, a continuación se adjunta un modelo de recurso de apelación para tener presente en estos casos:
INTERPONE RECURSO DE APELACIÓN (ART. 74, DR L. 11683)
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, …… de …………… de 2017
Sr. Director General de la AFIP-DGI
Asunto: RECURSO DE APELACIÓN RECATEGORIZACIÓN DE OFICIO
Carlos Alberto Gómez CUIT Nº 20-44444444-4
Yo, Carlos Alberto Gómez, con domicilio fiscal en Caperucita Nº 508, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, me dirijo ante el director general de la AFIP-DGI con motivo de mi recategorización de oficio y respetuosamente digo:
I – OBJETO
En legal tiempo y forma vengo a apelar la recategorización de oficio en el monotributo, comunicada oportunamente a mi domicilio fiscal electrónico el día ……/……/2017 y publicada en el Boletín Oficial del ……/……/2017, a través de la cual se dispuso mi recategorización en la categoría “H” del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (monotributo) a partir del día ……/……/2017, junto a la liquidación de los montos adeudados en concepto de impuesto integrado y cotización previsional, con más sus accesorios y la multa fijada en $ ……………
Solicito tenga a bien dejar sin efecto la resolución apelada en base a las razones que seguidamente se exponen.
II – HECHOS
Habiendo sido notificado en mi domicilio fiscal electrónico, y a través de la publicación oficial de mi recategorización de oficio desde mi categoría de revista “F” a la categoría “H” del Régimen Simplificado, procedí a consultar los motivos y elementos de juicio de la decisión administrativa adoptada por ese Organismo accediendo al servicio informático denominado “Monotributo – Recategorización de Oficio – (MOREO)”, en el que advierto que los motivos que originan la recategorización objeto del presente recurso están originados en presuntas inconsistencias sobre mis gastos personales del mes de mayo pasado que no revisten tal calificación por las causas que seguidamente se exponen.
III – DESCARGO
El día 18 de mayo del corriente año adquirí un automóvil marca Ford, modelo ……………, dominio ……………, para el desarrollo de mi actividad. Como consta en el Registro de la Propiedad Automotor y en la información relevada por vuestro Organismo, se convino el pago del automotor por un valor en pesos de $ 160.000, que fue abonado de la siguiente manera:
– 8.500 dólares estadounidenses que poseía ahorrados en años anteriores, que fueron tomados por el vendedor a una cotización de $ 16 cada uno, lo que totaliza un importe de $ 136.000, y $ 24.000 que fueron retirados de mi cuenta …………… del Banco Río, Sucursal Tribunales, el día 17 de mayo. Ambos importes fueron abonados al momento de realizar la transferencia de dominio del citado automóvil en el Registro de la Propiedad Automotor.
Como puede observarse, lo que aparentemente resulta una recategorización inexacta, apoyada en la inconsistencia sobre los gastos personales, no es más que el resultado de aplicar mis ahorros al ejercicio de mi actividad comercial, y no hace más que ratificar que mi categoría de revista es la “F” y la presente recategorización de oficio efectuada por el Organismo Fiscal debe ser revertida en base a las pruebas que hacen a mi derecho y que demuestran que no estamos en presencia de una recategorización inexacta. Ratifico que todos mis ingresos se encuentran debidamente registrados en mis facturas de venta, que representan el parámetro que determina el tramo de mi recategorización.
Por ello, y en base a las pruebas que seguidamente ofrezco, solicito que el director general deje sin efecto la recategorización de oficio. Caso contrario, me veré obligado a impugnar el acto administrativo del modo previsto en el artículo 23 de la ley 19549.
IV – PRUEBA
Como prueba del descargo expuesto, pongo a disposición del Organismo lo siguiente:
Documental
– Extractos bancarios que acreditan la adquisición de los 8.500 dólares estadounidenses en el lapso de los años 2003 a 2012.
– Facturas de compra y venta de los citados períodos fiscales en los que claramente se infiere que surgen los excedentes que permitieron la adquisición de la moneda extranjera.
– Extracto bancario en el que surge la extracción de $ 24.000 para completar el pago del automotor adquirido.
Testimonial
De considerarlo necesario dicha Administración, cité a declarar al señor ……………, DNI Nº ……………, domiciliado en ……………, para que declare la veracidad de los datos referidos a la adquisición del automóvil, precio de compra y forma de pago que se declara en la presente.
V – DERECHO
Fundo mi derecho en la ley 24977 del monotributo, texto según ley 26565, artículo 8 y concordantes, en el decreto 1397/1979, artículo 74, y en las resoluciones generales (AFIP) 2847, 3990-E, 4103-E y concordantes.
VI – CUESTIÓN FEDERAL
Hago expresa reserva del caso federal para recurrir eventualmente ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación frente a la improbable resolución adversa de la presente petición que me privaría de los derechos constitucionales de defensa en juicio y debido proceso adjetivo, como asimismo de las garantías de tipicidad, culpabilidad, razonabilidad y propiedad.
VII – PETITORIO
Por todo lo expuesto solicito que:
1. se tenga por interpuesto en legal tiempo el presente recurso de apelación;
2. se haga lugar a la prueba documental y testimonial ofrecida;
3. se tenga presente la cuestión federal;
4. el señor director general tenga presente lo expuesto y, conforme a derecho, revoque la recategorización de oficio.
"Como viene demostrando la AFIP desde que habilitó aquella funcionalidad llamada Nuestra Parte, cuando estaba en pleno apogeo el blanqueo, podemos observar un incipiente nuevo paradigma en lo que al control de los tributos pretende ejercer el Fisco", señaló Rapisarda.
"Este primer paso, en el que se muestran los consumos y los gastos de los contribuyentes prácticamente en tiempo real, es sin dudas un nuevo escenario que se impone casi naturalmente con el avance de las herramientas informáticas y el tratamiento que otorga la tecnología digital", precisó el experto.
"Seguramente como en todo inicio habrá cuestiones que deberán ser ajustadas para llegar a un óptimo aceptable, pero no podemos dejar de pensar que estamos ante un punto de inflexión en la forma en la que el Fisco se posiciona para controlar a los contribuyentes, sumando a las herramientas que conocíamos hasta ahora datos sensibles de consumo", concluyó Rapisarda.
Fuente: iProfesional
Martes, 22 de enero de 2019
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