Impuestos
Moratoria impositiva vigente como parte del régimen de blanqueo de capitales
La AFIP estableció que el 31 de Marzo de 2017 vence el plazo para incorporar deudas en la ampliación de la moratoria impositiva vigente.
Quienes adhieran a la moratoria gozarán de la condonación de :
1)-Las multas y sanciones de la Ley de Procedimiento Tributario.
2). Parte de los intereses resarcitorios y punitorios.
En cuanto a la forma de pago:
Si se paga al contado se establece una reducción extra del 15% de la deuda consolidada.
O sino se puede cancelar en hasta 60 cuotas con un Pago a cuenta del 5% de la deuda consolidada, con un interés del 1,5 % mensual.
INFORME GAES NEA
Cra.Laura Masotti
Miércoles, 29 de marzo de 2017