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Caso Ciccone Uno a uno, los argumentos de la Justicia para que Amado Boudou vuelva a prisión Los jueces de la Cámara de Casación Penal consideraron la gravedad del delito y la falta de explicaciones de su pares que lo habían liberado.
En diciembre pasado, las juezas María Gabriela López Íñiguez y Adriana Pallioti, integrantes del Tribunal Oral Federal 4 (TOF 4), ordenaron la excarcelación de Amadou Boudou a meses de quedar detenido tras la condena por cohecho y negociaciones incompatibles en la causa Ciccone. Su colega Néstor Costabel votó en disidencia. Los argumentos centrales que dieron las juezas fueron que el ex vicepresidente es una figura de gran notoriedad pública, "lo que disminuye sus posibilidades de evadir la justicia", y consideraron que existían "medios de restricción menos lesivos", por ello concedieron la libertad de Boudou con tobillera electrónica, junto a la prohibición de salida del país y la comparecencia cada quince días en los Tribunales de Comodoro Py.
Pero este lunes, la Sala IV de la Cámara de Casación Penal -integrada por los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Juan Carlos Gemignani-, dejó sin efecto esta decisión y dictó la prisión preventiva nuevamente. Justificaron su decisión con la siguiente explicación:
Falta de argumentos
El juez Hornos le dio la razón a la Unidad de Información Financiera (UIF), que señaló que hubo "arbitrariedad" de los magistrados que liberaron a Boudou "al apartarse infundadamente de su anterior decisión" que había sido encarcelarlo.
Para el magistrado, los argumentos expuestos a los fines de conceder la excarcelación a Amado Boudou, "no encuentran justificación en el conjunto de pautas objetivas". Su parecer fue respaldado por Gemignani en su voto.
Se insistió con el planteo de que "no se han explicado suficientemente los motivos" por los cuales los jueces le concedieron la libertad a Boudou, que había sido condenado a 5 años y diez meses de prisión.
Arbitrariedad en la excarcelación
Sumándose a estos planteos, el juez Gemignani agregó que se entiende que hubo "arbitrariedad en la decisión" de excarcelar a Amado Boudou.
El juez Borinsky entendió que al conceder la excarcelación a ex vicepresidente se "omitió dar tratamiento a cuestiones sustanciales vinculadas con la existencia de riesgos procesales" que fueron las que llevaron al TOF 4 a dictar la condena con prisión inmediata.
La condena de Ciccone
Los jueces Gemignani y Hornos recordaron que cuando Boudou fue condenado a cinco años y diez meses de prisión se ponderó "la gravedad del delito, los indicios concretos de peligrosidad procesal y las características personales del autor".
En consecuencia, se resaltó que la "eventual fuga o elusión de quienes han sido condenados a penas privativas de la libertad de efectivo cumplimiento por hechos particularmente graves y de corrupción estatal y corporativa empresarial" perpetrados casi 8 años atrás, "implicaría convertir la repuesta penal estatal en meramente simbólica, robusteciéndose e incrementándose de modo harto inapropiado, el primigenio sentimiento de impunidad".
Borinsky expresó que la condena de cinco (5) años y diez (10) meses de prisión "robustece la acreditación de riesgos procesales" más allá que dicha sentencia "aún debe ser revisada, y sin que la presente decisión implique un juicio de valor".
Riesgos vigentes
La Cámara de Casación entendió que desde el momento en que se condenó a Boudou en la causa Ciccone y hasta su excarcelación "las condiciones ponderadas para el dictado de la prisión preventiva con fecha 7 de agosto de 2018 no habían variado".
Al respecto, se recordó que el ex vicepresidente cuenta con "otras causas en trámite y la de otros procesos penales que se siguen en su contra, entre las que se encuentra la investigación de la maniobra de refinanciación de la deuda de Formosa". Además resaltaron "la capacidad económica del nombrado".
"Modus operandi"
Al momento de referirse a la investigación, se indicó que Boudou y sus colaboradores están acusados de operar bajo cierta metodología para concretar "el negocio espurio, lo cual autoriza a considerar provisoriamente razonable la presunción del riesgo procesal de frustrar la aplicación de la ley penal".
Entonces, reiteraron la existencia de vínculos que "ostentaría el imputado con varias áreas de la administración pública y que habría influenciado a los organismos del Estado según su interés para alcanzar su propósito criminal". Hornos remarcó: "La calidad esencial de la conducta que se le pre atribuye a Boudou y las características del hecho imputado, así como los vínculos con los que habría actuado configurarían una grave intromisión en los fines de este proceso".
Fuente: Clarín
Martes, 19 de febrero de 2019
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