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Senado El FPV presenta un proyecto para reglamentar el per saltum en las causas federales El proyecto de ley propone que se reglamente la aplicación ante la Corte Suprema "en causas de competencia federal en las que se acredite que entrañen cuestiones de notoria gravedad institucional". La iniciativa presentada por el oficialismo en el Senado se basa en una iniciativa redactada por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner cuando en 2002 era senadora y presidía la Comisión de Asuntos Constitucionales.
Se trata de un recurso que habilita a la Corte Suprema a intervenir en determinadas causas aunque no se hayan agotado las instancias ordinarias previas que debe atravesar cualquier causa antes de ser abordada por el máximo tribunal.
Según informaron oficialmente desde el bloque del Frente para la Victoria, la iniciativa comenzará a ser debatida en la Comisión de Asuntos Constitucionales desde el próximo martes 23 de octubre a las 11.
La iniciativa, que lleva la firma de los senadores Miguel Pichetto, Marcelo Fuentes y Aníbal Fernández, entre otros, establece que se podrá presentar "el recurso extraordinario por salto de instancia ante la Corte prescindiendo del recaudo de tribunal superior" en causas de "gravedad institucional del fuero federal".
Se trata, según el proyecto, de aquellas causas "cuya solución definitiva y expedita sea necesaria" y en las que el recurso en cuestión "constituya el único remedio eficaz para la protección del derecho federal comprometido a los fines de evitar perjuicios de imposible o insuficiente reparación ulterior".
"Existirá gravedad institucional -se explica en el texto- en aquellas cuestiones sometidas a juicio que excedan el interés de las partes de la causa, proyectándose sobre el general o público, de modo tal que por su trascendencia queden comprometidas instituciones básicas del sistema republicano de gobierno o los principios y garantías consagrados por la Constitución".
Los legisladores proponen que en esos casos la Corte Suprema "habilite la instancia con alcances restringidos y de marcada excepcionalidad" y que sólo serán susceptibles del recurso las sentencias definitivas de primer instancia y no los casos del fuero penal.
El texto deja en claro que “la Corte Suprema de Justicia podrá rechazar el recurso sin más trámite si no se observaren prima facie los requisitos para su procedencia”.
Agrega el escrito que el hecho de que el máximo tribunal declare la admisibilidad del recurso "tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida".
En los fundamentos del proyecto, el constitucionalista Germán Bidart Campos sostiene que la figura del per saltum alude "a un salto en las instancias procesales y se aplica a la hipótesis en que la Corte Suprema toma conocimiento de una causa judicial radicada ante tribunales inferiores saltando una o más instancias".
"Se deja de recorrer una o más de ellas y por salto desde una inferior la causa entra en competencia de la Corte, omitiéndose una o más intermedias", agrega Bidart Campos.
Miércoles, 17 de octubre de 2012
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