Nacional La AFIP detalló los datos que pedirá a los que viajen El fisco estableció requisitos para aquellos que tengan previsto salir al exterior por distintos motivos. Buscan combatir la salida ilegal de divisas.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció ayer el Programa de Consulta de Operaciones Cambiarias, régimen de información para residentes en el país que demanden adquirir moneda extranjera para viajar al exterior. El régimen abarcará los requerimientos para atender gastos en concepto de viajes al exterior por razones de salud, estudios, congresos, conferencias, gestiones comerciales, deportes, actividades culturales, actividades científicas y/o turismo. La Resolución General 3333 publicada en el Boletín Oficial y que regirá desde hoy, especifica que “serán considerados sujetos residentes en el país aquellos que revistan tal condición conforme a las normas del Impuesto a las Ganancias”. La información requerida deberá ser elevada a través del servicio denominado “Consulta operaciones cambiarias”, opción “Viajes al exterior”, del sitio web institucional , para lo cual se deberá contar con “Clave Fiscal” con nivel de seguridad 2, como mínimo. Quien demande la adquisición de moneda extranjera y las demás personas que viajen deberán informar: la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT), el Código Único de Identificación Laboral (CUIL) o tipo y número de documento de identidad; apellido y nombres; fecha de nacimiento y actividad laboral o profesional. También se deberá reportar a la AFIP el país de destino y escalas; motivo del viaje; fecha de salida; fecha de regreso; CUIT del operador turístico, agencia de viajes o similar; costo del viaje, cantidad de cuotas y forma de pago de las cuotas (tipo de moneda, vencimiento, etcétera); medios de transporte; y cantidad solicitada en pesos para la adquisición de divisas. El organismo anticipó que “efectuará evaluaciones sistémicas, en tiempo real, sobre los datos ingresados, y emitirá la respuesta correspondiente respecto del monto en pesos validado para la adquisición de moneda extranjera con el destino solicitado”. Asimismo, podrá requerir el aporte de documentación o datos adicionales que estime pertinentes, necesarios para el análisis de la solicitud presentada. La Resolución 3333, firmada por el titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, explica en los considerandos que los regímenes de información establecidos “facilitan la estructuración de planes y procedimientos destinados a optimizar la acción fiscalizadora y el control de las obligaciones fiscales a cargo de los contribuyentes y responsables”. “En el marco del desarrollo de un nuevo paradigma de control, este organismo ha implementado herramientas informáticas con el objetivo de ‘anticipar’ el control sobre las operaciones de los contribuyentes y responsables, en uso de los poderes de fiscalización del organismo recaudador con carácter previo a la realización de las operaciones”, explica la norma. En ese sentido, añade, los nuevos requerimientos complementan “sustancialmente” la matriz informativa con que cuenta la AFIP, así como el control anticipado. En este contexto, la Cámara Argentina de Turismo (CAT) salió a tranquilizar a los usuarios y afirmó que el régimen implementado por la AFIP para la venta de moneda extranjera a los turistas que viajen al exterior, “resuelve favorablemente la situación de los argentinos que necesitan comprar dólares” para cubrir sus gastos durante la visita, debido a que “establece un canal de gestión diferenciado en relación a quienes adquieren divisas para otros usos”. A través de un comunicado en el que sostiene que “el control cambiario no afectará al turismo”, la cámara salió a aclarar las interpretaciones que circularon sobre la nueva resolución de la AFIP. “La resolución viene a aclarar cualquier maniobra especulativa que pudiera surgir en algunas agencias de viajes u operadores turísticos, donde se podría haber cobrado al público dólares a un valor de cambio dudoso, para luego adquirir el paquete en el exterior al cambio oficial”, sostuvo el secretario Fernando Gorbarán.
Fuente: Tiempo Argentino
Martes, 29 de mayo de 2012
|