Información General Renace el impuesto a Bienes Personales. Para los propietarios que adquieran inmuebles a partir de la potenciación del dólar cercano a $40 desde septiembre 2018, este impuesto se verá incrementado sensiblemente. El insólito impuesto sobre los Bienes Personales- que ha sido merecidamente excluido para los contribuyentes cumplidores por el periodo 2016, 2017 y 2018-, renace de las cenizas como el ave fénix para 2019 para todas las personas que excedan su mínimo fijado de $2.000.000. Para los propietarios que adquieran inmuebles a partir de la potenciación del dólar cercano a $40 desde septiembre 2018, este impuesto se verá incrementado sensiblemente. Un departamento de 3 ambientes, 60m2 en zona Palermo o equivalente supera los u$s150.000 por $ 40 = $6.000.000. Restando el límite, su porcentual abonar sobre $4.000.000 será del 0,50%= impuesto de $20.000 sin contar el efecto de los bienes del hogar. Tremendamente dispar es la situación de quien hubiera incorporado los inmuebles a su patrimonio en periodos anteriores y en especial entre 1992 y 2015 pues su valor gravado terminará siendo su valuación fiscal, sumamente alejado del mercado. Se dan situaciones donde varios departamentos acumulados no llegan al nombrado mínimo y ese contribuyente no tributa. Una medida racional, fue para 2019 disponer la exención de la casa habitación, siempre que no supere los $18.000.000. Sin embargo, siempre los montos tajantes no ayudan a la equidad. Para 2019 nacerán también nuevamente las obligaciones de pago sobre adelantos por anticipos a cuenta del impuesto final, debiéndose contemplar las situaciones comentadas. Merecida critica viene recibiendo el principal impuesto aplicado por las provincias que implica hasta un 70% de sus ingresos fiscales propios, siendo por ello su resistida reducción o eliminación en las distintas jurisdicciones. Nos referimos al inconfundible impuesto sobre los ingresos brutos sucesor del impuesto a las actividades lucrativas, el cual se aplica con prescindencia de rentabilidad o su ausencia en las operaciones. El porcentual en CABA se ha visto reducido al 1,5% sobre los ingresos. El Régimen Simplificado es un régimen del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para los pequeños contribuyentes, rige desde Enero de 2005. Para registrarse debe analizarse la categoría los metros cuadros totales, a superficie afectada: el espacio físico total, medido en metros cuadrados alquilados y los ingresos de los últimos 12 meses anteriores al semestre terminado.
Fuente: www.ambito.com
Jueves, 8 de agosto de 2019
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