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Información General Prohíben el cobro de dos meses de alquiler como comisión inmobiliaria en Capital Federal La justicia porteña suspendió la resolución del Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad de Buenos Aires (Cucicba) que habilitaba el cobro de comisiones por alquiler superiores a las establecidas en la ley local.
De acuerdo a lo resuelto, los corredores inmobiliarios porteños no podrán cobrar a los inquilinos de viviendas más del 4,15% del valor total del contrato, y en caso de incumplimiento de lo dispuesto se impondrá una multa de 20.000 pesos al Colegio de Corredores por cada caso acreditado, informó la Magistratura de la ciudad de Buenos Aires.
El juez Marcelo Segón, titular del juzgado N° 17 en lo Contencioso, Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires, resolvió ayer "suspender en forma inmediata" la resolución mediante la cual el Cucicba habilitó el cobro de hasta dos meses de alquiler de comisión "aplicando el principio de libertad contractual para todas las comisiones inmobiliarias, incluidas las que cobran a los inquilinos de viviendas, a partir de la sanción del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación y sin respetar la normativa local".
De acuerdo a lo resuelto por el magistrado en la medida cautelar dictada en el marco de un amparo colectivo, hasta tanto se dicte sentencia definitiva "los corredores inmobiliarios no podrán cobrar en concepto de comisión al inquilino de un inmueble con destino a vivienda un importe superior al 4,15% del valor total del respectivo contrato".
La medida fue dictada para proteger "el derecho al acceso a la vivienda digna a cuyo acceso se ven dificultados los inquilinos de la Ciudad de Buenos Aires debido al cobro de comisiones que exceden lo permitido por la ley".
De violarse la resolución judicial se impondrá multa de "20 mil pesos por cada incumplimiento acreditado, suma que se destinará a las actividades de difusión de los derechos de los inquilinos que realizará" la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia, patrocinadora del amparo.
Por su parte, el Cucicba deberá colocar un banner en la página principal de su web con lo dispuesto por la cautelar y remitir la información a todos los matriculados.
Fuente: Agencia Télam
Sábado, 7 de mayo de 2016
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